Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Sede Electrónica
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET

Ayudas destinadas a la iniciativa emprendedora 2021 y el fomento del autoempleo (CED 018)

Escudo de AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Sede Electrónica > Ayudas destinadas a la iniciativa emprendedora 2021 y el fomento del autoempleo (CED 018)

Ayudas destinadas a la iniciativa emprendedora 2021 y el fomento del autoempleo (CED 018)

Desde el día 29/07/2021 hasta el día 30/09/2021

DESCRIPCIÓN

Con el objetivo de apoyar y fomentar la creación de la actividad empresarial de personas emprendedoras por cuenta propia y favorecer así la generación de empleo, se ofrece esta ayuda a las personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases. Podrán concurrir a estas ayudas las personas físicas empadronadas y con domicilio fiscal en el municipio de Quart de Poblet que inicien su propia actividad empresarial en el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2020 y el 30 de septiembre 2021, (teniendo en cuenta que no podrán presentar de nuevo una candidatura para obtener la citada subvención aquellas personas que ya obtuvieron dicha ayuda en la convocatoria del año anterior “Ayudas a la iniciativa emprendedora 2020”).

Documentación a presentar

  • Impreso de solicitud rellenado y firmado.
  • Memoria de la actividad.
  • Ficha Alta Terceros.
  • Documentación acreditativa de la persona solicitante (NIF-NIE).
  • Certificado expedido por LABORA, en el que figure la situación de demandante en desempleo, o certificado que recoja el periodo de inactividad.
  • Informe sobre la vida laboral cuya fecha de expedición no supere los tres meses, en el que refleje el periodo de inactividad. O certificado que acredite la existencia de un periodo de inactividad o excedencia.
  • Alta en el Censo de obligados tributarios (modelo 036 ó 037).
  • Resolución sobre reconocimiento del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente en la Seguridad Social.
  • Autorización administrativa para el desarrollo de la actividad en el municipio, en su caso.

Normativa

  • Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 2021.
  • Ley General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones.
  • Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, así como por cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

RESOLUCIÓN

  • Órgano que resuelve
    • Departamento de Empleo y Promoción Económica.
  • Plazos para resolver
    • Examinadas las alegaciones recibidas, por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva que de conformidad con el art. 13 de la Ordenanza General Reguladora de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet, será elevada a dictamen de la Junta de Gobierno Local, que resolverá motivadamente antes del plazo de seis meses.
  • Silencio administrativo
    • Negativo

Formularios A adjuntar

  • Instancia.
  • Ficha alta terceros.
  • Poder de representación del representante legal, en su caso.
  • Memoria de actividad anexa.

FORMA DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán mediante instancia general preferentemente a través de la sede electrónica mediante este enlace: 

https://quartdepoblet.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13799

Otra opción para realizar la solicitud es presentar la instancia general y la documentación solicitada anexada presencialmente en el Registro de entrada del Ayuntamiento, en el caso de personas físicas no obligadas a relacionarse con la administración pública electrónicamente s/ art.14 ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
Precarga de imagen Precarga de imagen