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Ayudas Paréntesis en el marco del PLAN RESISTIR para autónomos y microempresas (CED 009)

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Ayudas Paréntesis en el marco del PLAN RESISTIR para autónomos y microempresas (CED 009)

Desde el día 15/02/2021 hasta el día 05/03/2021

Descripción del trámite

Ayudas Paréntesis en el marco del PLAN RESISTIR para autónomos y microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras que desarrollan su actividad en los sectores que se han visto más afectados por las medidas de contención de la pandemia (ver en Anexo I el listado de actividades, equivalencias código CNAE y epígrafes IAE que pueden solicitar dichas ayudas) con domicilio fiscal o local de desarrollo de la actividad en Quart de Poblet.

Documentación que hace falta presentar

  1. NIF, por ambas caras o NIE acompañado del pasaporte de la persona o empresa solicitante.
  2. Certificado de situación censal, que indique la actividad y el domicilio de la actividad (Modelos 01, 036 o 037 AEAT).
  3. Certificado acreditativo de la situación de alta en la Seguridad  Social a 31 de diciembre 2020.
  4. Informe de vida laboral de la empresa a fecha de 31 de diciembre de 2020.
  5. Documentación acreditativa del número de personas trabajadoras a 31 de diciembre de 2020, adjuntando los TC2 del mes de diciembre.
  6. Documentación justificativa de los gastos corrientes incurridos desde el mes de abril de 2020 hasta la presentación de solicitudes (ver en Anexo II los posibles gastos a justificar):
    1. Alquiler y rentings
    2. Suministros: luz, teléfono, gas, agua, internet...
    3. Primas de seguros
    4. Servicios de profesionales independientes: gestores, consultores...
    5. Gastos de publicidad
    6. Reparaciones y mantenimiento
    7. Material de oficina
    8. Gastos de desplazamiento y manutención
    9. Gastos de personal: sueldos, salarios y cuotas de seguridad social de las personas trabajadoras  de la empresa
    10. Cuota de autónomo/a
  7. Poder de representación del representante legal.
  8. Ficha de Alta de terceros.

Normativa

Decreto Ley 1/202  del Consell por el cual se aprueba el Plan Resistir, que incluye ayudas paréntesis en cada municipio para los sectores más afectados por la pandemia.

Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet.

Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 2018.

Ley General de Subvenciones.

Reglamento General de Subvenciones.

Régimen de minimis, regulado por el Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013). 

Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, así como por cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, así como por cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

 

Resolución:

  • Órgano que resuelve

Departamento de Comercio.

  • Plazos para resolver

El plazo máximo para resolver y proceder al pago de las ayudas será de 3 meses, a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo.

  • Silencio administrativo

Negativo

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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