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CONVOCATORIA DE AYUDA ECONÓMICA FAMILIAR TOMANDO COMO REFERENCIA EL IBI DE 2020

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CONVOCATORIA DE AYUDA ECONÓMICA FAMILIAR TOMANDO COMO REFERENCIA EL IBI DE 2020

Desde el día 08/09/2020 hasta el día 02/10/2020

DESCRIPCIÓN

Consisten en ayudas para familias con dificultades socioeconómicas, tomando como referencia el importe del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda habitual durante el ejercicio 2020, para aquellas familias empadronadas en Quart de Poblet y que carezcan de recursos económicos suficientes.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Familias empadronadas y residiendo en Quart de Poblet, al menos un año, en la vivienda para la que se solicita la ayuda.

¿QUÉ REQUISITOS SE HAN DE CUMPLIR?

a) Ser titular y estar empadronado en la vivienda habitual que se tomará como referencia para el IBI. 

b) No disponer de otras propiedades urbanas o rústicas. No se tendrá en cuenta la propiedad de un trastero, de una plaza de garaje o de aquellas fincas rústicas cuyo valor catastral no sea superior a 5.000 euros. Tampoco se tendrá en cuenta la participación en propiedades heredadas cuyo usufructo sea de otra persona.

c) Si existe otra persona como titular de la vivienda habitual, también deberá estar empadronada en el domicilio.

  • En el caso de nulidad matrimonial, separación o divorcio, la cuantía de la ayuda se determinará según el porcentaje de posesión del inmueble. 
  • Si las personas propietarias tienen diferentes unidades familiares, solo podrá solicitar la ayuda la persona que resida de forma habitual en el inmueble según el porcentaje de participación de la vivienda.

d) No disponer de ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, excepto las bonificaciones del impuesto a las que se tuviera derecho por ley.

e) No disponer la unidad familiar de una renta per cápita (r.p.c.) superior al IPREM anual 14 pagas (7.519,59 euros), siempre que la renta familiar no sea superior a dos veces la cuantía anual del IPREM anual 14 pagas (15.039,18 euros).

f) Superar la puntuación mínima de 11 puntos según el baremo que figura en el anexo 1 de la normativa.

g) Estar al corriente del pago del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) de años anteriores. Podrán solicitar la ayuda las personas titulares de los recibos que acrediten el pago de los mismos dentro del periodo voluntario o que tengan concedido el aplazamiento o fraccionamiento de pago al momento de pedir ayuda.

h) Aceptar expresamente:

  • Que se comunicará en el plazo máximo de 10 días cualquier variación de las circunstancias que motivaron la concesión de la ayuda.
  • La declaración de que la unidad familiar no dispone de ingresos, rentas o bienes distintos de los que se justifican y adjuntan.

i) Entregar la solicitud en el plazo establecido.

¿DÓNDE SOLICITARLO?

La solicitud y documentación requerida se entregarán en la Sede Electrónica o en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento.

¿CUÁNDO SOLICITARLO?

Del 8 de septiembre al 2 de octubre de 2020.

¿QUIÉN INICIA EL PROCEDIMIENTO?

La persona interesada.

¿LA RESOLUCIÓN PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA?

Sí.

¿QUÉ SIGNIFICA SI NO OBTENGO RESPUESTA?

Que no se le ha concedido la ayuda

DOCUMENTACIÓN QUE HACE FALTA PRESENTAR

  • Documento de autovaloración de la situación familiar cumplimentado.
  • Si recibe ayudas por primera vez o ha modificado sus datos bancarios debe presentar: la ficha de alta de terceros rellenada y firmada por la persona solicitante, el documento en la el que consten los datos bancarios y en la el que figure la persona solicitante como titular o cotitular de la cuenta.
  • DNI o NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia.
  • Último recibo de préstamo hipotecario, sólo en caso de que a fecha de solicitud de la ayuda lo estén pagando.
  • El caso de estar trabajando:
    • Por cuenta ajena: contrato de trabajo y las cuatro últimas nóminas.
    • En el caso de trabajadores autónomos, declaración trimestral de autónomos correspondiente al último trimestre presentado (modelo 130 o 131).
  • Documentación a añadir si se encuentra en alguna de estas situaciones
    • Título de familia monoparental.
    • Orden de protección y/o resolución judicial en vigor.
    • Sentencia de separación matrimonial y convenio regulador.
    • Denuncia por impago de la pensión de manutención.
    • Justificantes actualizados de haber efectuado el pago de las pensiones de manutención establecidas en sentencia judicial.
  • AUTORIZACIÓN de acceso a datos firmada por la persona solicitante y el resto de los miembros.

EN CASO DE NO AUTORIZAR EL ACCESO A DATOS la persona solicitante u otro miembro de la unidad de convivencia, deberá presentar todos los documentos señalados:

  • Libro de familia numerosa.
  • Certificado de discapacidad y/o resolución del grado de dependencia.
  • Datos del catastro sobre la titularidad de la propiedad y porcentaje de la misma en caso de usufructo. También si poseen otras propiedades en el municipio, (en ese caso porcentaje de propiedad o usufructo), indicando si son rústicas o garajes y trasteros.
  • Declaración del IRPF del ejercicio 2019, de todos y cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16 años. En el caso de no haber presentado declaración el año anterior, certificado negativo con imputaciones emitido por la Delegación de Hacienda.. Cita previa 91 290 13 40 o tambiénen www.agenciatributaria.es  o en Av. Blasco Ibáñez, 10 (Manises).
  • Para personas mayores de 16 años desempleadas:
    • Certificado actualizado del Servicio Público de Empleo sobre percepción de prestaciones sociales o subsidios por desempleo de cualquier tipo. Solicitud al teléfono 96 308 55 98 o 91 119 999www.sepe.es.
    • Documento de alta y renovación de la demanda de empleo (DARDE).
      Para inscripciones y/o otras gestiones, cita previa 96 308 57 79, ServicioPúblico deEmpleo ubicado en C. Pedralba  7 bajo, esq. Jarafuel (Manises).
    • Certificado actualizado de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicitud al teléfono 96 136 40 12 o 901 502 050 owww.seg-social.esen Av. Vicent Mortes Alfonso, 21-23 (Paterna).
  • Para Pensionista, certificado actualizado de la pensión/es o certificado negativo de percepción de las mismas:
    • Seguridad  Social: cita previa  96 150 15 81 o 96 317 61 11 o  cita  automatizada              901 10 65 70 sede.seg-social.gob.es.
    • FAS y LISMI: cita previa 96 386 60 00.  Av. Barón de Cárcer, 36 (Valencia).
    • Clases Pasivas: C. Pascual y Genis, 9 (Valencia). Teléfono 96 350 90 43.
    • Pensiones Extranjero, justificante bancario.
  • SI TIENE reconocida una prestación familiar por hijo a cargo de mayores de 18 años con discapacidad,  justificante actualizado en el que conste el nombre de las personas e importes. Seguridad Social: cita previa 96 150 15 81 o 96 317 61 11 o  cita automatizada     901 10 65 70 sede.seg-social.gob.es.

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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