Consisten en ayudas para familias con dificultades socioeconómicas, tomando como referencia el importe del impuesto de bienes inmuebles de la vivienda habitual durante el ejercicio 2020, para aquellas familias empadronadas en Quart de Poblet y que carezcan de recursos económicos suficientes.
Familias empadronadas y residiendo en Quart de Poblet, al menos un año, en la vivienda para la que se solicita la ayuda.
a) Ser titular y estar empadronado en la vivienda habitual que se tomará como referencia para el IBI.
b) No disponer de otras propiedades urbanas o rústicas. No se tendrá en cuenta la propiedad de un trastero, de una plaza de garaje o de aquellas fincas rústicas cuyo valor catastral no sea superior a 5.000 euros. Tampoco se tendrá en cuenta la participación en propiedades heredadas cuyo usufructo sea de otra persona.
c) Si existe otra persona como titular de la vivienda habitual, también deberá estar empadronada en el domicilio.
d) No disponer de ayudas públicas o privadas para la misma finalidad, excepto las bonificaciones del impuesto a las que se tuviera derecho por ley.
e) No disponer la unidad familiar de una renta per cápita (r.p.c.) superior al IPREM anual 14 pagas (7.519,59 euros), siempre que la renta familiar no sea superior a dos veces la cuantía anual del IPREM anual 14 pagas (15.039,18 euros).
f) Superar la puntuación mínima de 11 puntos según el baremo que figura en el anexo 1 de la normativa.
g) Estar al corriente del pago del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) de años anteriores. Podrán solicitar la ayuda las personas titulares de los recibos que acrediten el pago de los mismos dentro del periodo voluntario o que tengan concedido el aplazamiento o fraccionamiento de pago al momento de pedir ayuda.
h) Aceptar expresamente:
i) Entregar la solicitud en el plazo establecido.
La solicitud y documentación requerida se entregarán en la Sede Electrónica o en la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento.
Del 8 de septiembre al 2 de octubre de 2020.
La persona interesada.
Sí.
Que no se le ha concedido la ayuda
EN CASO DE NO AUTORIZAR EL ACCESO A DATOS la persona solicitante u otro miembro de la unidad de convivencia, deberá presentar todos los documentos señalados: