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Convocatoria de Becas de Ayuda al Estudio de Universidad y Máster 2025 (BUM) (EDU 134)

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Convocatoria de Becas de Ayuda al Estudio de Universidad y Máster 2025 (BUM) (EDU 134)

Desde el día 27/05/2025 hasta el día 16/06/2025

Descripción del trámite

Tramitar la solicitud de ayuda para el alumnado que durante el Curso 2024/2025 curse estudios de Universidad y/o Máster, aportando la documentación pertinente.

Documentación que hace falta presentar

1.       Impreso solicitud firmado.

2.       Copia del DNI o NIF de la persona solicitante, padre y madre o cónyuge actual del progenitor con el que conviva el o la solicitante.

3.       Copia del libro de familia de todos los miembros de la unidad familiar.

4.       Copia legible de la cuenta bancaria, donde consten claramente los códigos que identifiquen el banco, la sucursal, el dígito de control y el número de cuenta en que se ingresará la ayuda, en caso de aprobación y el nombre del titular de la cuenta y su DNI.

5.       Certificación académica del curso anterior y certificación de matriculación del curso actual por el centro correspondiente (Anexo I).

6.       Autorización, debidamente firmada para recabar datos en la AEAT (Anexo II).

7.       Declaración Jurada de la persona solicitante, expresando no haber solicitado ayuda a ningún otro Organismo Público o Privado para el curso académico actual; en el caso de no ser así y la ayuda le haya sido denegada, deberá adjuntar a la solicitud la resolución de denegación que le fue notificada en su momento por el organismo correspondiente (Anexo III).

8.       Importante - La solicitud presentada mediante registro electrónico, deberá ir acompañada de la documentación a aportar y anexos escaneados con suficiente resolución para que se pueda realizar la comprobación de los datos, en formato PDF.

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES ESPECIALES:

1.       La situación de unidad familiar monoparental, se acreditará con Certificado del Registro Civil o sentencia judicial firme de separación matrimonial o resolución judicial de medidas provisionales.

2.       La discapacidad física, psíquica o sensorial de la o de la solicitando, hermano o germánica o descendente, se acreditará con calificación oficial de discapacidad expedida por la Conselleria de Bienestar Social, a través de los Centros de Diagnóstico de Minusvalideces actualizado.

3.       Acogida del menor: resolución administrativa o judicial.

Normativa

Bases reguladoras de Ayudas a Estudios de Universidad y/o Máster.

Convocatoria de Ayudas a Estudios de Universidad y/o Máster para el ejercicio 2025.

Resolución

Órgano que resuelve: Junta de Gobierno Local

Plazos para resolver: 3 meses

Silencio administrativo

No tiene

Documentación

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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