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Ayudas al uso del Valenciano del comercio local 2024 (CED 093)

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Ayudas al uso del Valenciano del comercio local 2024 (CED 093)

Desde el día 13/03/2024 hasta el día 30/06/2024

Descripción del trámite 

Con el objetivo de favorecer la recuperación y promoción del valenciano, se ofrece esta ayuda a las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

Documentación que hace falta presentar

  • Impreso de solicitud rellenado y firmado.
  • Datos identificativos del comercio, en los que deberá constar el número de CIF o NIF, la localidad, la dirección a efectos de notificación, correo electrónico y número de teléfono.
  • Detalle del gasto efectuado con la suma total y la/s factura/as.
  • Dos fotografías del rótulo o en caso de página web, una impresión original que muestre la web e indicación de la dirección electrónica.
  • Breve explicación del proyecto de rotulación exterior y/o de vehículos, y de los productos y servicios ofrecidos por esta.
  • Documentación acreditativa de la persona solicitante (NIF-NIE). Datos identificativos de la persona solicitante, número del DNI y la acreditación sobre la capacidad de representación en su caso.
  • Alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036 o 037).
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

Normativa

  • Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 2023.
  • Ley General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones.
  • Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, así como por cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

REsolución

  • Órgano que resuelve:

Departamento de Comercio.

  • Plazos para resolver:

Examinadas las alegaciones recibidas, por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva que de conformidad con el art. 13 de la Ordenanza General Reguladora de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet, será elevada a dictamen de la Junta de Gobierno Local, que resolverá motivadamente antes del plazo de seis meses.

Silencio administrativo

Negativo.

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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