Obtener una autorización para el alta de puesto de venta ambulante en el mercado de venta no sedentaria de los miércoles, a quien reúna las condiciones para ello establecidas en la Ley y la Ordenanza
Registro General del Ayuntamiento de Quart de Poblet o Sede Electrónica
Departamento de Consumo y mercados
Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula venta no sedentaria en la Comunidad Valenciana; Ordenanza reguladora del ejercicio de la venta fuera del establecimiento comercial en su modalidad de venta no sedentaria en el municipio de Quart de Poblet.
Para el mercado de venta no sedentaria, las autorizaciones se concederán atendiendo a los siguientes criterios: Orden riguroso de entrada
Documentación requerida