En todo lo no previsto en las presentes bases, habrá que ajustarse a lo que dispone la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobada por el Pleno Municipal en fecha 30 de noviembre de 2004, y el resto de disposiciones legales aplicables.
A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quart de Poblet mediante certificado electrónico propio o clave pin.
Negativo