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AYUDAS AL TRANSPORTE PARA JÓVENES ESTUDIANTES - ATJE (JUV 057)

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AYUDAS AL TRANSPORTE PARA JÓVENES ESTUDIANTES - ATJE (JUV 057)

Desde el día 13/09/2022 hasta el día 10/10/2022

Descripción del trámite

En todo lo no previsto en las presentes bases, habrá que ajustarse a lo que dispone la Ley 39/2015  de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobada por el Pleno Municipal en fecha 30 de noviembre de 2004, y el resto de disposiciones legales aplicables.

Documentación que hace falta presentar

  • DNI, pasaporte o documento equivalente en vigor de la persona interesada.
  • Declaración responsable (anexo I).
  • Certificado de matrícula (anexo II) del Centro de Estudios, con indicación del curso, materias en las cuales está matriculada y los créditos correspondientes a cada materia. Este certificado podrá ser sustituido por un informe académico compulsado por el propio centro, que indique el porcentaje de créditos o asignaturas cursadas.
  • Autorización debidamente cumplimentada donde conste la unidad de convivencia (anexo III).
  • DNI de todas aquellas personas pertenecientes a la unidad de convivencia mayores de 16 años.
  • Cuenta bancaria, donde consten claramente los códigos que identifiquen el banco, IBAN, sucursal, el dígito de control y el número de cuenta en que se ingresará la ayuda y el nombre del titular de la cuenta y su DNI.  (Anexo 4)
  • En aquellos casos en los que, existiendo oferta formativa en el municipio, se haya solicitado y no se haya obtenido dicha plaza, deberá acreditarse de manera probatoria, aportando la solicitud realizada y la resolución en la que conste la denegación de plaza en el municipio.

Forma de presentación

A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Quart de Poblet mediante certificado electrónico propio o clave pin.

Normativa

  • Ley 39/15 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley General de Subvenciones 28/2003 del 17 de noviembre.
  • Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobada por el Pleno Municipal el 30 de noviembre de 2004.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Bases de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva para la concesión de ayudas de transporte a jóvenes estudiantes.

Resolución

  • Órgano que resuelve: Área de Juventud del Ayuntamiento de Quart de Poblet.
  • Plazos para resolver: Lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/15 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Silencio administrativo

Negativo

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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