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Solicitud de Becas Estudiantes Erasmus 2022 (BEE) (PAR_CIU 036)

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Solicitud de Becas Estudiantes Erasmus 2022 (BEE) (PAR_CIU 036)

Desde el día 25/03/2022 hasta el día 28/04/2022

Descripción del trámite

En todo lo no previsto en las presentes bases, habrá que ajustarse a lo que dispone la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobada por el Pleno Municipal en fecha 30 de noviembre de 2004, y el resto de disposiciones legales aplicables.

Documentación que hace falta presentar

  • DNI, pasaporte o documento equivalente en vigor.
  • Documento que acredite que la persona solicitante tiene la condición de beneficiaria de una beca Erasmus para el curso 2020/2021 destinada a llevar a cabo estudios universitarios reconocidos en instituciones asociadas de otros países ;la financiación asignada correspondiente; indicación de los meses de permanencia y del país de destino, emitido por la universidad de pertenencia de la persona solicitante.
  • Expediente académico. Con carácter provisional se admitirá extracto o fotocopia del expediente académico del ciclo o enseñanza universitaria de que se trate en el que conste la nota media del expediente. Si la persona solicitante fuera seleccionada tendrá la obligación de presentar, en el plazo de 15 días, certificado oficial o documento similar sellado por la universidad, ratificando el expediente académico, en caso contrario dejará automáticamente de tener derecho al disfrute de la beca.
  • Justificación de la situación socioeconómica: certificado de situación laboral expedido por LABORA que acredite la situación legal de desempleo de los siguientes miembros de la unidad familiar que convivan con la persona solicitante (se comprobará con el padrón municipal): progenitores, cónyuge o pareja de hecho e hijos/as en edad de trabajar, en su caso, con indicación de si perciben o no de prestación o subsidio. Es decir, no computará la situación en desempleo de la persona solicitante, excepto en el caso de ser único miembro de la unidad familiar, que deberá aportar su certificado de situación laboral con indicación de si es perceptor/a o no de prestación o subsidio.
  • En el caso de familias monoparentales o numerosas, se adjuntará título expedido por la Generalitat Valenciana
  • Declaración responsable según ANEXO I.

Normativa

  • Ley 39/15 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley General de Subvenciones 28/2003 del 17 de noviembre.
  • Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet aprobada por el Pleno Municipal el 30 de noviembre de 2004.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Bases para la concesión de una ayuda económica complementaria a las personas jóvenes universitarias de Quart de Poblet que se desplacen para la realización de estudios universitarios y prácticas formativas en el extranjero en el marco del programa Erasmus(BEE).

Resolución

  • Órgano que resuelve:

Área de Juventud del Ayuntamiento de Quart de Poblet.

  • Plazos para resolver:

Lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/15 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Silencio administrativo 

Negativo
 

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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