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Solicitud Ayudas Paréntesis directas en el marco del plan RESISTIR FASE III (NUEVAS SOLICITUDES) (CED 020)

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Solicitud Ayudas Paréntesis directas en el marco del plan RESISTIR FASE III (NUEVAS SOLICITUDES) (CED 020)

Desde el día 28/09/2021 hasta el día 11/10/2021

Descripción del trámite

Ayudas Paréntesis en el marco del PLAN RESISTIR FASE III (NUEVAS SOLICITUDES) para autónomos y microempresas con un máximo de 10 trabajadores que desarrollan su actividad bajo los nuevos CNAE y epígrafes IAE listados en el ANEXO II, así como aquellos que cumpliendo con los requisitos de cada fase, no hayan sido beneficiarios de estas ayudas en las fases anteriores,  con local comercial desarrollo de la actividad o domicilio fiscal en Quart de Poblet.

Documentación que hace falta presentar

  1. NIF/CIF, por ambas caras o NIE acompañado de pasaporte de la persona o empresa solicitante.
  2. Certificado de situación censal, que indique la actividad y el domicilio de la actividad (Modelos 01, 036 o 037 AEAT).
  3. Certificado acreditativo de la situación de alta en la Seguridad  Social a 31 de diciembre 2020.
  4. Informe de vida laboral de la empresa a fecha de diciembre de 2020.
  5. Documentación acreditativa del número de trabajadores a 31 de diciembre de 2020, adjuntando la relación nominal de trabajadores (RNT) a 31 de diciembre.
  6. Documentación justificativa de los gastos corrientes incurridos desde el mes de abril de 2020 hasta la presentación de solicitudes (ver en Anexo III posibles gastos a justificar y anexo IV justificación gastos corrientes de la actividad):
    1. Alquiler y rentings
    2. Suministros: luz, teléfono, gas, agua, internet...
    3. Primas de seguros
    4. Servicios de profesionales independientes: gestores, consultores...
    5. Gastos de publicidad
    6. Reparaciones y mantenimiento
    7. Material de oficina
    8. Gastos de desplazamiento y manutención
    9. Gastos de personal: sueldos, salarios y cuotas de seguridad social de  los trabajadores/as  de la empresa
    10. Cuota de autónomo/a
  7. En su caso, justificación de la reducción de ingresos: En el caso de, no haber contado con las Ayudas a personas autónomas con establecimiento/local comercial en Quart de Poblet para cubrir gastos ordinarios ocasionados por COVID19", recogida en el apartado primero y otorgada por este Ayuntamiento en el 2020, deberán justificar la reducción de ingresos, por cualquier medio de los admitidos en derecho.
  8. En su caso, poder de representación del representante legal
  9. Ficha de Alta de terceros.

Es preceptivo cumplimentar el anexo IV: relación de facturas y/o justificantes de gasto adjunto.

Normativa

  • Decreto Ley 1/202  del Consell por el cual se aprueba el Plan Resistir, que incluye ayudas paréntesis en cada municipio para los sectores más afectados por la pandemia.
  • Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 2018.
  • Ley General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones.
  • Régimen de minimis, regulado por el Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013).
  • Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, así como por cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
  • Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, así como por cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Resolución

Órgano que resuelve

  • Departamento de Comercio.

Plazos para resolver

  • El plazo máximo para resolver y proceder al pago de las ayudas será de 3 meses, a contar desde el día de la publicación de la presente resolución en el BOP.

Silencio administrativo

Negativo

PRESENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán mediante procedimiento en la sede electrónica mediante este enlace:

https://quartdepoblet.sedipualba.es/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13906

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
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