Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Sede Electrónica
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET

Ayudas al comercio local para potenciar y favorecer el uso del valenciano (CED 017)

Escudo de AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Sede Electrónica > Ayudas al comercio local para potenciar y favorecer el uso del valenciano (CED 017)

Ayudas al comercio local para potenciar y favorecer el uso del valenciano (CED 017)

Desde el día 29/07/2021 hasta el día 30/09/2021

DESCRIPCIÓN

Con el objetivo de favorecer la recuperación y promoción del valenciano, se ofrece esta ayuda a las personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

Documentación A presentar

  • Impreso de solicitud rellenado y firmado.
  • Datos identificativos del comercio, en los que deberá constar el número de CIF o NIF, la localidad, la dirección a efectos de notificación, correo electrónico y número de teléfono.
  • Detalle del gasto efectuado con la suma total y la/s factura/as.
  • Dos fotografías del rótulo o en caso de página web, una impresión original que muestre la web e indicación de la dirección electrónica.
  • Breve explicación del proyecto de rotulación exterior y/o de vehículos, y de los productos y servicios ofrecidos por esta.
  • Documentación acreditativa de la persona solicitante (NIF-NIE).
  • Datos identificativos de la persona solicitante, número del DNI y la acreditación sobre la capacidad de representación en su caso.
  • Alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036 o 037).
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

Normativa

  • Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Quart de Poblet de 2021.
  • Ley General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones.
  • Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Resolución

  • Órgano que resuelve
    • Departamento de Comercio.
  • Plazos para resolver
    • Examinadas las alegaciones recibidas, por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva que de conformidad con el art. 13 de la Ordenanza General Reguladora de Concesión de las Subvenciones del Ayuntamiento de Quart de Poblet, será elevada a dictamen de la Junta de Gobierno Local, que resolverá motivadamente antes del plazo de seis meses.
  • Silencio administrativo
    • Negativo

Formularios a adjuntar

  • Instancia.
  • Ficha alta terceros. OBLIGATORIO
  • Poder de representación del representante legal. OPCIONAL (en función de si tiene o no representante).

Forma de presentación

Las solicitudes se presentarán mediante instancia general preferentemente a través de la sede electrónica mediante este enlace:

https://quartdepoblet.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=13795

Otra opción para realizar la solicitud es presentar la instancia general y la documentación solicitada anexada presencialmente en el Registro de entrada del Ayuntamiento, en el caso de personas físicas no obligadas a relacionarse con la administración pública electrónicamente s/ art.14 ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Documentación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
Precarga de imagen Precarga de imagen