Espere, por favor...
Espere, por favor...
Seleccionar idioma
Sede Electrónica AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Sede Electrónica
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET

Solicitud Certificado de Empadronamiento Colectivo (OAC 008)

Escudo de AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET
Sede Electrónica > Solicitud Certificado de Empadronamiento Colectivo (OAC 008)

Solicitud Certificado de Empadronamiento Colectivo (OAC 008)

A partir del día 11/03/2021

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE

La persona solicitante tiene que estar o haber estado empadronada en Quart de Poblet (València).  Cuando solicita certificado de empadronamiento familiar, y/o certificados de empadronamiento individual (histórico) de todas  las personas inscritas en el domicilio (excepto de las personas que se les tramite expediente de Baja de Oficio), tiene que haber presentado la autorización de las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio, para obtener las certificaciones de empadronamiento. En caso contrario tendrá que rellenar el formulario ANEXO I y firmarlo todas las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio.  

El certificado de empadronamiento lo puede necesitar para realizar trámites en la Seguridad Social, Registro Civil, Juzgados y Tribunales, Registros Oficiales y Universidades, Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, Delegación del Gobierno, Autoridades Extranjeras, Agencia Tributaria, y otras Entidades públicas y privadas.  

Documentación A presentar

  • En su caso, Autorización de las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio (ANEXO I), cuando solicita certificado de empadronamiento familiar, y/o certificados de empadronamiento individual (histórico) de todas las personas inscritas en el domicilio (excepto de las personas que se les tramite expediente de Baja de Oficio).  Será preciso adjuntar dicho impreso cuando no lo haya presentado en el punto de información de este ayuntamiento, o en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) [planta baja], debiendo cumplimentar los datos que se solicitan en dicho impreso y firmarlo todas las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio.
  • Documentos para representación (terceras personas)
    • Privado (ANEXO II): autorización a terceras personas para solicitar  certificados de empadronamiento).
    • Público (ejemplo: poder notarial, resolución judicial, etc).
    • DNI original de la persona autorizada.
    • Copias de los DNIs de las personas que autorizan.
  • Documentos para solicitar certificados de empadronamiento de menores no emancipados, en el caso que el/la progenitor/a no figurara inscrito/a en el Padrón de Habitantes en el domicilio donde constan empadronados/as los/las menores:
    • ANEXO III: autorización para solicitar certificados de empadronamiento de menores no emancipados.
    • DNI de la persona autorizada.
    • Copia del DNI de las personas que autorizan.
    • Original del Libro de Familia o certificado de nacimiento de la/del menor (en el caso que lo solicite el/la progenitor/a que no figure inscrito/a en el Padrón de Habitantes en el domicilio donde constan empadronados/as los/las menores).
    • Resolución que otorgue la guarda y custodia y/o representación legal, si procede.
    • Declaración responsable de progenitor/a para solicitar certificados de empadronamiento de menores no emancipados, siempre que el/la progenitor/a no figurara inscrito/a en el Padrón de Habitantes en el domicilio donde constan empadronados/as los/las menores, junto con la presente autorización de la otra persona progenitora (ANEXO IV).

Normativa

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificada por la Ley 4/1996, de 10 de enero).
  • Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana.
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (modificado por Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre).
  • Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la cual se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

Resolución

  • Órgano que resuelve: Secretaría / Oficina Atención Ciudadana (OAC) / Padrón de Habitantes.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE QUART DE POBLET - P4610400F
Plaza del País Valencià, 1
46930 Quart de Poblet (València)
Precarga de imagen Precarga de imagen